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La modalidad virtual se define como aquella en la cual los estudiantes pueden completar su formación en el centro sin necesidad de una presencia física habitual en el centro docente, contando con el respaldo de una plataforma informática que facilite la distribución de materiales didácticos y la interacción con el profesorado.

En todo caso, será necesaria una prueba obligatoria de evaluación final de carácter presencial.

Anulación de matrícula por inasistencia o inactividad

En la modalidad virtual, así como en la parte no presencial de la modalidad semipresencial, la realización de las actividades indicadas y la interactividad del alumnado con el profesorado es la condición necesaria para mantener la matrícula en el módulo o módulos en los que se encuentra matriculado.

En la modalidad virtual, así como en la parte no presencial de la modalidad semipresencial, una vez formalizada la matrícula e iniciado el curso académico, si una alumna o un alumno matriculados no realiza ningún tipo de actividad, a través de la plataforma informática, en el módulo o módulos correspondientes, dentro de los quince días naturales desde el inicio del curso o durante un período de treinta días, el centro docente en el que está matriculado solicitará por escrito a la alumna o al alumno o a sus representantes legales su inmediata incorporación y le comunicará que, en caso de no producirse ésta, excepto por causa debidamente justificada y así considerada por la dirección del centro, se procederá a la anulación de su matrícula por inactividad.

 

En el marco de un proceso de evaluación continua, se programarán a lo largo del curso y para cada módulo, al menos dos pruebas parciales de carácter presencial voluntarias evaluables (PVE), que no serán de obligada realización para el alumnado, pero que le permitirá superar el módulo sin tener que presentarse a las convocatorias finales.

El alumnado dispondrá de una guía de uso de la plataforma informática y, para cada módulo, su guía didáctica.

Las guías didácticas se crearán para cada módulo, y se deben configurar como documentos para la orientación del alumnado y su trabajo de forma autónoma. Se elaborarán por el profesorado responsable del módulo con la supervisión de la persona que coordina el ciclo formativo. Deben estar a disposición del alumnado desde el inicio de las actividades lectivas en la plataforma informática y deben contener, al menos, la siguiente información:
a) Presentación del módulo.
b) Calendario y horario de atención directa al alumnado y de las sesiones presenciales obligatorias, si es el caso.
c) Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
d) Contenidos.
e) Metodología y seguimiento.
f) Procedimientos e instrumentos de evaluación.
g) Criterios de corrección, evaluación y calificación.
h) Calendario de evaluación, incluyendo el calendario de presentación de las actividades evaluables y de las pruebas presenciales obligatorias agrupadas como sesiones presenciales obligatorias evaluables (POE).
i) Cualquier otra información que resulte de utilidad para el alumnado.

Las consultas realizadas por el alumnado al profesorado, a través de la plataforma, deberán ser respondidas en el plazo más reducido posible, que no deberá superar los cinco días lectivos desde su recepción, salvo causa justificada y acreditada a la Dirección del centro.

La evaluación del aprendizaje del alumnado en estas modalidades será continua. El profesorado realizará el seguimiento y evaluación del aprendizaje, utilizando para ello los instrumentos y procedimientos de recogida de información establecidos en la programación de cada uno de los módulos y, en su caso, Proyecto, que se deberán dar a conocer al alumnado al inicio del curso.

La evaluación final de cada uno de los módulos exigirá la superación de las pruebas de carácter presencial en los centros autorizados, que aseguren el logro de los resultados de aprendizaje y que se armonizarán con los procesos de evaluación que se desarrollen a lo largo del curso.

Para obtener una evaluación positiva en cada uno de los módulos, se habrán de cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos:
a. Asistencia, como mínimo, al 80% de las actividades formativas presenciales en el centro que tengan carácter obligatorio (POE), si se han establecido.
b. Obtención de una calificación positiva en el conjunto de las actividades formativas presenciales (POE) en el centro que tengan carácter obligatorio, si se han establecido.
c. Obtención de un mínimo de 5 puntos sobre un total de 10 en la prueba final presencial y obligatoria de cada módulo.

Se convocará una prueba presencial final que tendrá carácter global. A esta prueba deberá presentarse obligatoriamente el alumnado que no haya obtenido una calificación positiva en el módulo en el proceso de evaluación continua.
Las pruebas parciales y las pruebas finales de los diferentes módulos se organizarán en varios días consecutivos. Las fechas de realización de las mismas deberán anunciarse al comienzo de las actividades lectivas y se darán a conocer al alumnado a través de la plataforma informática.

En las modalidades virtual y semipresencial, la formación en empresa u organismo equiparado deberá realizarse en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, aspecto del que se informará al alumnado al inicio de curso.

CONVALIDACIONES, CONVOCATORIAS, RENUNCIA y ANULACIÓN DE MATRÍCULA

El plazo ordinario de presentación de las solicitudes de convalidación será hasta el último día hábil del mes de septiembre. En cualquier otro caso, el plazo será de quince días desde la fecha de la matriculación.

Convocatorias de evaluación y permanencia en las enseñanzas.

Tendrá derecho a dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria, pudiendo optar a un máximo de cuatro convocatorias en total, excepto el periodo de estancia en empresa u organismo equiparado, que podrá ser desarrollada como máximo en dos ocasiones.

En modalidades virtual y semipresencial, podrá permanecer un máximo de seis cursos consecutivos.

Renuncia a convocatorias
1. Los alumnos y las alumnas o sus representantes legales podrán renunciar a la evaluación y calificación final ordinaria y, en su caso, a la final extraordinaria, de todos o algunos de los módulos profesionales y el proyecto intermodular del ciclo formativo en el que estén matriculados, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) El alumno o la alumna sufre una enfermedad prolongada o un accidente.

b) Existencia de obligaciones personales o familiares que, a juicio de la dirección del centro, limiten o impidan el adecuado tiempo dedicado al estudio.

c) El estudiante desempeña un puesto de trabajo.

d) Maternidad o paternidad, adopción o acogimiento.

e) Otras circunstancias, debidamente justificadas, que revistan carácter excepcional que, a juicio de la dirección del centro, limiten o impidan el adecuado tiempo dedicado al estudio
La renuncia a la convocatoria de un módulo profesional supone la pérdida de todos los derechos académicos inherentes a este módulo por el alumno o por la alumna solicitante durante el presente curso.

La renuncia a convocatorias no detendrá el tiempo de permanencia en el ciclo formativo.

El alumnado, o sus representantes legales, tienen derecho a la renuncia a la matrícula completa, que implica la pérdida de sus derechos a la enseñanza, evaluación y calificación de todos los módulos profesionales en los que se hubiera matriculado.

Asimismo, en las modalidades semipresencial y virtual, en el momento de formalizar la matrícula el alumnado podrá solicitar la renuncia de matrícula de módulos concretos